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¿La bancarrota borra la deuda tributaria?

La bancarrota borra la deuda tributaria

Las deudas tributarias con el IRS pueden ser un dolor de cabeza, en muchos sentidos. Son muy comunes las deudas que se generan por los impuestos sobre los ingresos que no han sido abonados correctamente. Aunque el monto no sea demasiado alto, la carga que representa una deuda tributaria puede sentirse como un verdadero escollo. Por fortuna, la presentación de un proceso de bancarrota puede ser una solución para detener el acoso del Servicio Interno de Rentas y resolver el problema de la deuda. Sin embargo, no todas las deudas son descargables en el proceso de bancarrota, aunque es probable que sí se genere un alivio. Para entender si la bancarrota borra la deuda tributaria, no deje de leer este artículo de nuestro blog.

La bancarrota borra la deuda tributaria dependiendo del capítulo

Comprender el funcionamiento de los impuestos y la tributación puede ser sumamente complejo para personas no especialistas. Si a esto sumamos que el proceso de bancarrota lleva tiempo y esfuerzo, puede sobrepasar a cualquiera. Por eso, un abogado especialista en bancarrotas puede traer alivio a la gran complejidad de todo este proceso. Al momento de solicitar la quiebra, es posible deshacerse de una parte importante de la deuda tributaria con el IRS. En algunos casos es posible incluso descargar la totalidad de la deuda tributaria, aunque esto dependerá de cada caso en particular. Un dato que puede ser determinante es la antigüedad de la deuda y el momento en el cuál se realiza la presentación de la bancarrota.

Ya sea que, por las características y la situación financiera, y la conveniencia de cada caso, usted presente la bancarrota por capítulo 7 o capítulo 13, en ambos casos es posible descargar deuda tributaria. En general, los requisitos básicos que deben cumplirse cuando la bancarrota borra la deuda tributaria son los siguientes:

  • La deuda contraída con el IRS debe tener una antigüedad igual o menor a los 3 años.
  • Las declaraciones de impuestos que resulten cuestionables no deben hacer sido presentado con una anterioridad mayor a los 2 años de la presentación de la quiebra.
  • Los impuestos liquidados deben datar de al menos unos 240 días antes del momento de presentación de la bancarrota.
  • La persona que declara la quiebra no puede estar involucrada, ni en el presente ni en el pasado, en casos de evasión o fraude fiscal.

Luego de estas cuestiones más generales, existen particularidades dependiendo del capítulo que se utilice para la presentación de la bancarrota. Dependiendo de esta cuestión, algunas deudas podrán ser descargadas mientras que otras no. Por ejemplo, en general el capítulo 7 solo admite el descargo de la deuda tributaria que corresponde a los impuestos sobre la renta, no así el resto de las imputaciones. Asimismo, otras deudas de impuestos como los gravámenes fiscales y los que corresponden a las propiedades inmobiliarias pueden no ser descargados durante el proceso de quiebra. Como cada caso es particular, lo más recomendable es que acuda a un abogado especialista en quiebras para obtener información precisa acerca de si la bancarrota borra la deuda tributaria en su escenario particular. En Bankruptcy Now podremos asesorarlo con toda la información que necesita al respecto.

Otras consideraciones acerca de si la bancarrota borra la deuda tributaria

Existen algunas complicaciones que pueden surgir en el proceso de la bancarrota que impidan el descargo de la deuda tributaria. Si usted ha sido elegido para descargar su deuda, pero el IRS puso en cuestión un gravamen sobre su propiedad, es posible que la situación no se resuelva favorablemente. Esto es así porque los embargos no son condonados bajo la quiebra por capítulo 7, y deben ser resueltos por fuera de este proceso. Es probable que en ese caso deba afrontar la deuda contraída con la venta de activos en su posesión.

Por otra parte, bajo el capítulo 13 la persona aún debe pagar las deudas que posee, pero con ciertas facilidades y deducciones. Esto puede variar de acuerdo a criterios diversos y circunstancias financieras particulares. También vale aclarar que esto resulta válido tanto en los casos donde la deuda tributaria ha sido presentada como una reclamación prioritaria, o bien como una reclamación no garantizada no prioritaria. Por lo tanto, en cualquier caso usted podrá contar con ciertas ventajas al momento de hacer frente a su deuda con el IRS.

Sabiendo que la bancarrota borra la deuda tributaria bajo ciertas condiciones, también resulta importante aclarar qué tipos de deudas no son descargables en la generalidad de los casos. Los impuestos sobre los fondos fiduciarios, los impuestos sobre las propiedades, los impuestos sobre las ventas, algunos impuestos sobre el trabajo y las sanciones fiscales no punitivas recibidas en un tiempo menor a los tres años antes de la presentación de la quiebra, son algunas de las deudas tributarias que no pueden descargarse en el proceso de bancarrota. Esto es, de manera general, independiente del tipo de artículo que se utilice para la presentación, por lo que debe considerarlo antes de decidirse por iniciar el proceso de quiebra.

De cualquier manera, pese a no poder descargar la totalidad de los impuestos, es posible obtener ciertos alivios fiscales mediante el proceso de bancarrota. En general, se puede obtener un plan de pagos de impuestos para saldar la deuda con ciertas facilidades. La tasa de interés de este plan suele ser más baja que la que cobra el IRS en circunstancias habituales, por lo que no deja de ser un beneficio adicional para el deudor. También es posible negociar algunas reducciones en las sanciones que impone el IRS, que suelen ser importantes en términos financieros y económicos. Por último, vale aclarar que la presentación de la quiebra puede llegar a detener un proceso de ejecución que el IRS haya iniciado para cobrar los impuestos atrasados.

Conclusiones

Como puede verse, es cierto que la bancarrota borra la deuda tributaria, pero solo bajo algunas condiciones y dependiendo de cada caso. Si bien es posible obtener otros beneficios como los mencionados anteriormente, todo esto depende de la capacidad de negociación del abogado. Por lo tanto, contar con la ayuda de un profesional capacitado y con experiencia puede marcar la diferencia al momento de descargar deuda financiera y obtener alivios fiscales. Michael J. Brooks es un gran abogado de quiebra en Miami, con años de experiencia y una trayectoria que lo avalan. No dude en ponerse en contacto con Bankruptcy Now para tener una primera entrevista y comenzar a vislumbrar la mejor solución para su caso. Un comienzo fresco gracias a un proceso de quiebra es una solución posible a sus problemas financieros.